Teleasistencia Domiciliaria

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Teleasistencia Domiciliaria

Notapor raquelllorca » Lun, 08 Ago 2011, 20:03


El servicio de teleasistencia domiciliaria es un recurso que permite la permanencia de los usuarios en su medio habitual de vida, así como el contacto con su entorno socio-familiar, evitando el desarraigo y asegurando la intervención inmediata en crisis personales, sociales o médicas para proporcionar seguridad y mejor calidad de vida. Para conseguir estos objetivos, se puso en marcha en 1992 el programa de teleasistencia domiciliaria que permite a las personas mayores y/o discapacitadas que viven solas y en situación de riesgo, entrar en contacto verbal con un centro de atención especializada, pulsando el botón de un medallón o pulsera que llevan constantemente puesto las 24 horas del día y todos los días del año. Asimismo, se dispone de unidades móviles que en caso de necesidad se trasladan al domicilio del usuario para dar solución a la emergencia surgida, mediante la movilización de recursos.Imagen


El programa se ha instrumentado a través de un convenio-marco suscrito entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP)Abre nueva ventana el día 20 de abril de 1993, al que se van adhiriendo progresivamente a través de convenios específicos de colaboración las Corporaciones Locales interesadas en la implantación del programa en sus ámbitos territoriales respectivos.

Usuarios

Los destinatarios del servicio deberán reunir los siguientes requisitos:

    * Ser personas mayores de 65 años o descapacitadas que se encuentren en situación de riesgo sico-social o físico.
    * No padecer trastornos mentales graves, incluidas las demencias seniles.
    * No padecer deficiencias importantes de audición y/o expresión oral.
    * Disponer en su domicilio de línea telefónica y de suministro eléctrico.

Tendrán la condición de usuarios las siguientes personas:

    1. Titular del servicio:dispone del terminal de usuario y de la unidad de control remoto. Reúne todos los requisitos para ser usuario.
    2. Usuario con unidad de control remoto adicional: convive con el titular del servicio y reúne los requisitos para ser usuario. Dispondrá de una unidad de control remoto adicional para su uso exclusivo.
    3. Usuario sin unidad de control remoto: convive con el titular, y necesitando las prestaciones y atenciones que éste servicio proprociona, carece de capacidad física, psíquica o sensorial para poder contactar con el Centro de Atención.

Solicitud del Servicio

Para solicitar el servicio, los interesados tienen que dirigirse al departamento de servicios sociales de la Corporación Local (Ayuntamiento) de residencia, en aquellos municipios en los que se preste el servicio de teleasistencia domiciliaria a través del convenio de colaboración suscrito con el Imserso y la FEMP.

La inclusión del solicitante en el Programa de Teleasistencia, lo decidirán en su caso, los responsables municipales, aplicando los baremos establecidos.

Servicios que presta

Dentro del Programa de Teleasistencia domiciliaria se prestan los siguientes servicios:

    * Apoyo inmediato a través de la línea telefónica a demandas de diversas órdenes; angustia, soledad, así como, accidentes domésticos, caídas, etc.
    * Movilización de recursos ante situaciones de emergencia sanitaria, domiciliaria o social.
    * Seguimiento permanente desde el Centro de Atención mediante llamadas telefónicas periódicas.
    * Agenda, para recordar al usuario datos importantes sobre toma de medicación, realización de gestiones, etc.

La Teleasistencia domiciliaria ofrece dos modalidades de servicio:

SIN UNIDAD MÓVIL: El servicio se presta exclusivamente desde el Centro de atención.

CON UNIDAD MÓVIL:
La Unidad móvil complementa los servicios prestados desde el Centro de atención, con la intervención a domicilio para ofrecer apoyo personal o pequeños servicios y resparaciones domésticas así como posible acompañamiento al usuario a Centros de Asistencia.

Procedimiento para la implantación y desarrollo del Programa

La realización del Programa se efectúa mediante un Convenio de Cooperación suscrito entre el Imserso y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP, constituyendo el documento marco del Proyecto, junto con las Normas Generales del Servicio de Teleasistencia domiciliaria aprobadas por la FEMP y el Imserso.
Las Entidades Locales interesadas en la implantación y desarrollo del Programa en su ámbito territorial, formularán solicitud de adhesión al Imserso.
Estudiadas y evaluadas las propuestas de las Corporaciones Locales, se llevan a cabo convenios específicos de carácter tripartito (suscritos por la FEMP, el Imserso y la Corporación Local en cuestión).
La prestación del servicio se instrumenta a través de un contrato entre la FEMP y la empresa/entidad que se seleccione, según lo establecido en las Normas Generales del Servicio de Teleasistencia Domiciliaria, por acuerdo entre las partes firmantes del Convenio Específico de Cooperación.
El coste del servicio será financiado por el Imserso, con una aportación máxima del 65 % y por la Entidad Local y los usuarios con el 35 % restante.
Las Entidades Locales interesadas pueden formular y remitir la solicitud al Imserso. Subdirección General de Gestión. Avda. de la Ilustración, c/v a Ginzo de Limia, 58. 28029 Madrid.
La solicitud irá acompañada de:

    * Proyecto y asignación persona responsable.
    * Declaración de aceptación de las Normas Generales del Servicio de Teleasistencia Domiciliaria y de la participación económica y presupuestaria en los términos señalados en el Convenio Marco Imserso-FEMP.
    * Certificación del acuerdo del pleno de la Corporación Local autorizando la adhesión al programa.

Una copia del documento de solicitud será remitida a la FEMP. c/ Nuncio nº 8. 28005 Madrid.

Normas generales del Servicio. Documento completo en formato PDF (160 Kb. pdf)


Imagen Subdirección General de Gestión
Imagen Área de Gestión de Programas de Mayores
Imagen Avda. de la Ilustración, s/n c/v c/ Ginzo de Limia, 58 28029 Madrid
Imagen +34 917 033 827 y +34 917 033 847
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Imagen buzon@imserso.es


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